El pueblo de Sumbilca en la provincia de Huaral - Perú |
EL TITULO INMEMORARIAL DE SUMBILCA
En los más de 400 años de existencia institucional de la
Comunidad Campesina de Sumbilca, en muchas oportunidades han ocurrido serios conflictos con las comunidades vecinas
a causa de la imprecisión y la carencia de límites entre ellas. Es el caso que
Sumbilca como muchos pueblos del Perú por la falta de formalización de la
propiedad comunal presentan serios problemas e inadecuaciones que desencadenan en
diversas controversias obstaculizando el desarrollo del país.
La historia de Sumbilca registra muchos litigios con las comunidades
colindantes de Marco, Huándaro, Rauma,y el centro poblado de Palpa, donde mediaron fuertes enfrentamientos
entre campesinos con resultados lamentables que recordar, como los ocurridos el
año 2009 con los pobladores de Palpa, cuya disputa es por la zona de Pisquillo,
Orcon, Pumahuaca, Reserva Prodacc- Pisquillo, Quilca y Cayán, tierras
ancestralmente propiedad de la Comunidad Campesina de Sumbilca, y con el paso
de los años parte de esto terrenos fueron olvidados por los sumbilcanos
quedando a merced de los traficantes e invasores de tierras. Estos terrenos en
litigio pertenecientes inmemorialmente a la Comunidad Campesina de Sumbilca,
también pertenecen desde el año 1940 a la jurisdicción política del distrito de
Aulcallama.
A continuación veamos el Titulo de la Conquista de la
Comunidad Campesina de Sumbilca, suscrita por las autoridades correspondientes con motivo del primer pleito por linderos de
los sumbilcanos con sus vecinos en aquellos años de la Conquista. El documento
está fechado el 08 de febrero de 1604.
TITULO DE LA CONQUISTA DE
LA COMUNIDAD DE SUMBILCA
El Excelentísimo Señor
Conde de Vuestra Excelencia Dignísimo Presidente del Superior: Propuso a la
real persona para el mejor gobierno de Madrid. Conviene a los comunes de
Sumbilca este Titulo de la Conquista, Provincia de Canta, Doctrina de Guamantanga,
dan fe por los linderos, lugares y jurisdicciones; primero don Lorenzo Campos,
Alcalde Mayor de la Doctrina de Guamantanga, descargan su conciencia,
conociendo lugares, estando rodeados de hombres principales y comunes del
pueblo de Marco, Alcalde Ordinario Vicente Estrada, Cacique don Juan de Oria
del Pueblo de Rauma, primer lugar: Huanacray, Junic (Juniac), Allcoderpán,
Biscapucro, Quilcaycocha, Tarocoscay, Tinyaguaren,Llaumay, Cucurhuay, Shullca, Cocachacra,
Maquillas, Pingullungo, Pacaybamba, Ayacoto, Ichincoto, Leclespampa, Chunpampa
(Pinaopampa), Poricocha, al medio de la loma de la conquista da vuelta por
Vilca, Huayo, Añasmayo, Alancho, Caracuasi, Caracalzón, Yahuana, Toma, Chincay,
Huactapunco, Coconhuaylla, Pallpán, Capilla Vieja, Huancayoc, Huiruma,
Auraspampa, Huanochaquín, Potaca-Carpa, Atashaulli, Quiquijirca, Sucsuy
(Shucsho), Rupaypampa, Icanjirca, encuentra su derecho legítimo, Titulo Primero
según manda los renglones mayores del primer capítulo.
Expedientes con los
testigos solo el juramento y presentación del primero lo han de escribir por
extenso el de los demás sumariamente en aquel término por la ley de este Titulo
mando según que tienen su derecho bajo los testigos para lo mejor que convenga
de los pueblos de los Atavillos Bajos, don Manuel Tello del pueblo de Chaupis,
don Marcos De La Torre del pueblo de Pallac, don Francisco Celedonio del pueblo
de San Agustín: Del pueblo de Huándaro los comunes dan fe con su Alcalde
Ordinario don Hipólito Poma y su Principal.
Yo Gobernador don
Santiago Guardamino, mando del Repartimiento de Guamantanga con cargo y
conciencia que me den cuenta el Cacique Primero don Juan de Oria por los Títulos
de los de Sumbilca, que por las pocas aguas está amparado como que son secos en
Pampa de Dios.
Guamantanga, 12 de
febrero de 1604 años.
Asumo las razones de
los señores Cacique don Juan Oria, para que los indios de Sumbilca tengan mejor
derecho, según mandan sus Títulos y sus sitios. Así lo preveo y mando—Santiago
Guardamino.
Yo don Juan de Oria,
natural del pueblo San Cristóbal de Rauma, en once días del mes de febrero de
mil seis cientos cincuenta y siete años. Yo el otro ocurrí para la llamada de
don Santiago Guardamino, Gobernador de este Repartimiento, a pedimento del otro
Gobernador para el común del Sumbilca para los títulos y lugares, sus
convenientes preferidos desde la Conquista por la prueba que le pertenecen a
los otros indios originarios de Sumbilca, los que quieren apropiarse los indios
de tres pueblos, como de Rauma, de Huándaro, de Marco son mencionados sin real
lugar los otros parajes y lugares, manda de la Conquista según que mande el
Título.
Cuenta a Dios y a
esta señal de la cruz que les toca el derecho en real y verdad, para que conste
lo firme con testigos que se hallaron presentes, en primer lugar el común del
pueblo de Rauma, y en segundo lugar del
pueblo de Marco, y don Juan Evangelista De La Torre, los que firmaron conmigo
en once días del mes de febrero del mil seis cientos cincuenta y siete años,
como cristianos declaramos en el paraje de Yacto Pampa del común de
Sumbilca..Juan Oria, Testigo; Juan Evangelista De La Torre, Segundo Cacique;
Juan Huamán Apu-Rupaychagua, Ubaldo Simón Apu-rupaychagua, Alcalde Ordinario;
los dos principales, Valerio Carhuachagua y Juan Sánchez, ante mi Pablo Mateo,
Escribano del Cabildo.
(Tomado de "RAÍCES DE MI PUEBLO" de Ruyer Espinoza Yupanqui)
(Tomado de "RAÍCES DE MI PUEBLO" de Ruyer Espinoza Yupanqui)